miércoles, 20 de agosto de 2008

AUTONOMÍA HERMANOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA – BOLIVIA

Me pregunto, si los vascos, los catalanes, y andaluces, y otros pueblos, tienen derecho a tener autonomía, y hasta independencia en el caso de algunos como lo anhelan los kosovares, y recientemente los de Abjasia y Osetia del Sur, y alguna vez lo consiguió Ucrania, Georgia, y nuestro propio país. Y si otros pueden tener una relación más digna, siendo provincias o estados federados, como en Argentina, Brasil, USA, Alemania, y tantos otros. Entonces,

¿porqué no es posible respetar a la inmensa mayoría del pueblo hermano de Santa Cruz de la Sierra y a otros pueblos del continente que puedan optar por la autonomía si se sienten perjudicados por el centralismo agobiante y abusivo del país del que hasta ahora han formado parte?

¿Es acaso legítimo y democrático que la región que detenta el poder central, pueda imponerse a como dé lugar sobre otras y estrangularlas apoderándose de sus recursos, por el simple hecho de tener más habitantes?


Si la capital que succiona los recursos a las regiones, tiene más del 50% de los habitantes del páís, resultaría absurdo, injusto y abusivo, que se trate de imponer los criterios por un referéndum o un plebiscito o como se llame el sistema, que considere como ley la opinión de una inicua mayoría así lograda, ya que de esa forma siempre los interesados en seguir pegados aprovechando la "teta" van a dominar a los que trabajan, se sacrifican y aportan la mayoría de los recursos.

Tendrían que ser lesos los ciudadanos de Santa Cruz, de Pando o de Tarija, para aceptar ese sistema que importaría hacerles comulgar con ruedas de carretas.

Las provincias en estos temas deben considerar sus propias mayorías.

Sería como si para la autonomía o independencia de Kosovo se hubiera efectuado un referéndum que incluyera a los habitantes kosovares y también a todos los habitantes de Serbia completa, caso en el cual el referéndum habría tenido un resultado muy distinto al que tuvo.

Eso no resiste análisis.

Atte, TLa II Constituyente.



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